Como parte de las reformas a la Ley General de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, será un nuevo requisito no ser deudor alimentario para poder tramitar el pasaporte.
Con la reforma a dicha ley se estipuló la creación de del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, una base de datos nacional que concentrará la información de acreedores y deudores alimenticios.
Con esta ley las personas que deseen tramitar su pasaporte tendrán que presentar un certificado de no inscripción en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.
Para tramitar este certificado, se dispondrá de una página web (aún inexistente) donde se obtendrá de manera gratuita.
Otros de los trámites en los que se solicitará este certificado de no inscripción son: obtención de licencias y permisos para conducir; para participar como candidato a cargos concejiles y de elección popular; aspirantes a cargos de jueces, magistrados locales o federales; ante notario público relativos a compraventa de bienes inmuebles y constitución o transmisión de derechos reales y en solicitudes de matrimonio.