En la Cámara alta, en las comisiones unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos II, derogaron la Ley General de Población publicada en 1974 y aprobaron una nueva ley que establece que la Clave Única de Registro de Población (CURP) incluirá fotografía del rostro, huellas dactilares, firma y lugar de nacimiento.
Además, la Secretaría de Gobernación será la responsable de expedir la CURP con foto y verificará la identidad de las personas mediante la confrontación de datos. Las personas podrán renovar su CURP si esta se deteriora o su apariencia física cambia significativamente.