El Pleno del Senado de la República aprobó la reforma al artículo 2 de la Constitución, para prohibir los matrimonios infantiles en comunidades indígenas.
Con 76 votos a favor, la reforma establece que las prácticas de usos y costumbres comunitarias no deben vulnerar los derechos de niñas, niños y adolescentes.
Previamente ya había pasado por la Cámara de Diputados, pero debido a que se trata de una reforma constitucional deberá recibir la aprobación de la mayoría de las legislaturas estatales.
El proyecto de decreto aprobado señala que a pesar de que el matrimonio infantil está prohibido por la ley en prácticamente todo el mundo, en algunas comunidades y pueblos sigue persistiendo la práctica de uniones entre una persona adulta y, en general con, alguna niña o entre menores de edad.
El 95.5% de las adolescentes casadas o unidas lo hicieron con parejas mayores, dice el dictamen aprobado.
Además, afirma que en 2015, en Guerrero había 800 actas de matrimonio que registraban que la cónyuge tenía entre 12 y 17 años.
Y que en 2020 hubo 373 mil mujeres embarazadas menores de 18 años, de los cuales 8 mil eran niñas de entre 12 y 14 años.
Subraya que el matrimonio infantil es una violación a los derechos humanos de esos menores de edad, que representan una grave afectación a su bienestar, salud, seguridad personal, economía y demás aspectos de la vida digna a la que debe tener acceso y debe estar garantizada para todas las personas.
El dictamen aprobado fue remitido a la Cámara de Diputados.